Umbrales de intercambios de bienes entre EEMM
El martes 27 enero de 2015, se publicó la Orden HAP/50/2015, de 21 de enero, por la que se fijan umbrales relativos a las estadísticas de intercambios de bienes entre Estados miembros de la Unión Europea. Con la presente orden se aumenta sustancialmente el umbral de exención de la obligación de declarar, pasando de 250.000€ a 400.000€, lo que supone una reducción significativa de la carga administrativa a las pequeñas y medianas empresas, pero los declarantes deberán cumplimentar el valor estadístico de la mercancía objeto de la introducción o de la expedición, al considerarse éste un elemento sustancial en la elaboración de las estadísticas de intercambios con otros Estados miembros de la UE.
Los umbrales de exención referidos quedan de la siguiente forma:
- Se introducen en la Península y Baleares, en lo relativo a mercancías procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea: 400.000 euros de importe facturado acumulado en el ejercicio precedente o en el corriente.
- Expediciones desde la Península y Baleares de mercancías con destino a otros Estados miembros de la Unión Europea: 400.000 euros de importe facturado acumulado en el ejercicio precedente o en el corriente.