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PLUSVALÍA MUNICIPAL EN CASOS DE VENTAS A PERDIDAS

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ANULA LA PLUSVALÍA MUNICIPAL EN GUIPÚZCOA EN LA VENTA DE INMUEBLES CON PÉRDIDAS El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional varios artículos de la norma foral sobre el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en San Sebastián, en respuesta a una cuestión planteada por un Jugado de esa ciudad, al considerar que la plusvalía vulnera el principio de capacidad económica cuando la venta del inmueble se ha realizado con pérdidas. La sentencia establece que “en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial” es decir, en aquellos casos en que la venta de un inmueble no genera ninguna ganancia. Así pues, la Sentencia considera que “corresponde al legislador llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones del régimen legal del impuesto que permitan no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana”.

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