El Tribunal Constitucional anula el impuesto catalán a los depósitos bancarios.
El Tribunal Constitucional anula el impuesto catalán a los depósitos bancarios.
El Tribunal Constitucional ha anulado la ley catalana que regula el impuesto sobre los depósitos de las entidades de crédito al considerar que la norma creó un tributo con características idénticas a una norma estatal, lo que contraviene la Constitución. En dos sentencias, el Pleno del Alto Tribunal ha estimado así los recursos que interpuso el Gobierno contra el Decreto-Ley de Cataluña aprobado en 2012 y la Ley del Parlamento catalán de 2014, relativos ambos al impuesto sobre los depósitos en entidades de crédito.
La ley por la cual se creaba el impuesto catalán a los depósitos fue aprobada por el Parlamento regional en abril de 2014, y contemplaba que si una entidad financiera captaba depósitos por valor de hasta 150 millones de euros en esta comunidad se le aplicaría un gravamen del 0,3%; entre 150 y 600 millones el tipo sería del 0,4%, y a partir de 600 millones, del 0,5%.