Certificado de Cervantes como requisito para la obtención de la nacionalidad española por residencia.

Certificado de Cervantes como requisito para la obtención de la nacionalidad española por residencia.

Con la reciente entrada en vigor del Reglamento que regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, es preceptiva la realización de una prueba de conocimiento del idioma para la obtención de los diplomas de español como lengua extranjera (DELE), como mínimo en su nivel A2.  Estos diplomas son expedidos por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte y, en su nombre, por el Director del Instituto Cervantes. De este modo se pretende garantizar  que las pruebas estén basadas en criterios objetivos, de manera que se pueda superar cualquier posible diferencia de interpretación. Se ha considerado que dicha prueba de examen no sea necesaria cuando se trate de interesados con nacionalidad de un país o territorio de habla hispana o cuando los interesados hayan obtenido con anterioridad un DELE como mínimo del nivel A2.

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