INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES PRIVADAS SIN ORDEN JUDICIAL

ANULACION DE UNA CONDENA POR LAS ESCUCHAS ILEGALES SIN INDICIOS RELEVANTES

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EL TRIBUNAL SUPREMO HA REVOCADO RECIENTEMENTE UNA CONDENA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID POR ESTIMAR QUE SE HABÍA BASADO EN UNAS ESCUCHAS SIN INDICIOS RELEVANTES En este caso, el investigado había sido condenado a seis años y medio de prisión por un delito de tráfico de cocaína. No obstante, el TS ha considerado que la condena debía de anularse, puesto que las escuchas telefónicas fueron la única prueba de cargo contra el investigado, habiendo sido autorizadas por el Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, sobre la base de un oficio policial que, en opinión del TS, carecía de indicios relevantes para justificar la intervención y que, en concreto “no pasó de ser la mera afirmación de la posible existencia de un tráfico de cocaína, que por la falta de indicios de sustento de algún valor, si podría haber servido para persistir en la investigación policial“. Así pues, el TS ha afirmado que el oficio policial presumía como algo cierto que el investigado formaba parte de una organización dedicada al tráfico de cocaína y, a raíz de esas presunciones, se interpretaron el resto de datos.

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